Por Pablo Arias y Tania Villarroel, investigadores Acción Educar.
Señor Director,
Cuando salgan los puntajes de la PSU será el momento de calcular el puntaje ponderado para cada carrera. Dicho puntaje incorpora las notas de enseñanza media, ranking y le asigna una ponderación de al menos 50% a la PSU según el Reglamento del Sistema Único de Admisión (SUA). Sin embargo, ha pasado desapercibido que actualmente la Ley N°20.903, sobre Desarrollo Profesional Docente, contempla un caso en el que la PSU no es el factor de selección preponderante para identificar a los mejores postulantes.
En efecto, entre los nuevos requisitos mínimos para postular a Pedagogía se encuentra pertenecer al 30% superior de la generación de egreso del establecimiento y haber rendido la PSU. No obstante, el SUA, que regula la postulación a 41 universidades, exige, por sobre el requisito legal, obtener un puntaje mínimo de 450 puntos promediando lenguaje y matemáticas. Con esta medida, se excluye a 11.429 estudiantes que están en el 30% superior, pero que no logran obtener 450 puntos. De estos, el 70% pertenece a los tres primeros deciles de ingreso.
Dado lo anterior y considerando la escasez de docentes que se prevé, sería positivo cuestionarse el Reglamento del SUA y su aplicación en este caso, o bien, modificarlo. Si no es para el proceso de admisión a pedagogía 2020, al menos se debe tener en consideración para la reformulación del sistema de acceso a la educación superior que se discutirá durante este año.
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