A partir del primero de marzo, cuando empieza a regir la ley de Inclusión Escolar , tener el pelo largo o teñido ya no será motivo de suspensión para los estudiantes.
En entrevista con CNN Chile, el director ejecutivo y fundador de Acción Educar, Raúl Figueroa, explicó que la implementación de la normativa es “gradual”.
“Los colegios deben tener un reglamento interno y los alumnos deben cumplir las normas que se fijan (… ), pero ese reglamento no puede implicar discriminaciones arbitrarias entre los alumnos. Eso no significa que eventualmente no se pueda sancionar a un alumno sino que la sanción debe tener un fundamento claro en el reglamento y por supuesto en los hechos, es decir que el alumno efectivamente haya incurrido en la causal a la que se alude. Lo que hace también la ley es que las sanciones de expulsión o cancelación de la matrícula, además de cumplir con un procedimiento específico que se señala, deben obedecer a causales particularmente grave”, sostuvo.
Además agregó que “Es importante dejar muy claro que la autonomía de los colegios y la autoridad que tienen para establecer normas se mantiene y es relevante evitar dudas al respecto”.
Raúl Figueroa abordó los alcances de la Ley de Inclusión Escolar – CNN Chile