Fue el primer proyecto que presentó el actual Mineduc, y ya con los diputados en la comisión de Educación surgieron críticas al rol que tendría el futuro administrador provisional y de cierre para las instituciones de educación superior que se encontraran en crisis.
Aunque fue aprobado en la Cámara, en el Senado el debate sigue. El jueves, los cuestionamientos se intensificaron cuando Ignacio Walker (DC) señalara que “hace rato que dejé de ver un administrador provisional, y estoy viendo un interventor con facultades súper amplias, por causales muy amplias, que puede desvirtuar el concepto que nos lleva a la urgencia de esta ley corta”.
La apreciación del parlamentario también es compartida por un grupo de expertos en educación. “Tal como se presenta el proyecto, el administrador reemplazaría a las autoridades de la institución y asumiría todas sus atribuciones, lo que en la práctica lo transforma en un interventor”, sostiene Raúl Figueroa, director ejecutivo de la fundación Acción Educar.
Según el abogado y ex asesor del Ministerio de Educación durante el gobierno anterior, la figura propuesta “margina a la institución de la responsabilidad que le corresponde ante las eventuales deficiencias que se puedan cometer”.
Por lo mismo, Acción Educar propone que en vez de crear un “administrador”, se constituya la figura de un “veedor”. Esta diferencia permitiría que el veedor no se enfoque “ni se desconcentre” en las labores administrativas, y que además “se alejan del propósito para cual fue designado”, que tienen que ver con el resguardo del derecho a la educación de los estudiantes y la fe pública comprometida, dice Figueroa.
Agrega que, a su juicio, es fundamental hacer este cambio, pues “pensar que un tercero, desde afuera, va a estar en condiciones de asumir la gestión financiera, administrativa y académica de la universidad, (…) y pensar que lo va a hacer mejor, me parece curioso”.
El abogado también sostiene que “el nivel de intervención que se produce con el proyecto actual podría ser inconstitucional”, debido a que las decisiones que pueda tomar la figura designada por las autoridades gubernamentales puede ir “en contra de garantías constitucionales, como la autonomía y el derecho de propiedad”.
Las funciones
La principal tarea propuesta para el veedor es “constatar la implementación de las medidas que la institución estime necesarias en la investigación preliminar”.
A diferencia de lo que establece en el actual proyecto de ley, el plan de acción para las instituciones en riesgo debe ser elaborado por los mismos planteles, y no por la persona que sea designada por el Mineduc. Esto, porque, a juicio del ex asesor ministerial, son ellos quienes “más conocen” cómo funciona el establecimiento en cuestión.
Otro de los cambios que proponen, y que también fue foco de críticas de Walker, es el tiempo que dura el trabajo del administrador. El proyecto de ley establece que el administrador provisional podrá estar hasta dos años en una institución, con una prórroga de dos años más. Ante esa situación, el senador DC preguntó: “¿Qué tiene eso de provisional?”, en la sesión del jueves.
En esa línea, la fundación propone que el veedor se desempeñe por un año en el plantel investigado “no obstante existan medidas en ejecución”. Tras este periodo, se deberá entregar un informe al Ministerio y al Consejo Nacional de Educación sobre el resultado de su trabajo y los cambios detectados.
Se establece, además, que si las medidas no se están implementando de manera correcta, se tiene que informar al Mineduc para ver si se revoca el reconocimiento oficial del plantel.
Aunque ayer el ministro de Educación, Nicolás Eyzaguirre, prefirió no comentar los dichos de Walker, el Gobierno sí se pronunció a través del Ministerio del Interior (ver nota relacionada).
“El administrador reemplazaría a las autoridades de la institución y asumiría todas sus atribuciones, lo que en la práctica lo transforma en un interventor”. RAÚL FIGUEROA Director Ejecutivo Acción Educar
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