El Mercurio: Posibilidad de que el Estado compre colegios genera críticas contra proyecto de fin al lucro

La indicación vino tanto de la Presidenta Michelle Bachelet como del ministro Nicolás Eyzaguirre: no se podrá lucrar en los establecimientos que reciben fondos del Estado.

Por esto, los sostenedores que actualmente están constituidos como sociedades comerciales deberán transformarse, en un máximo de tres años, en corporaciones sin fines de lucro.

El titular de Educación detalló que estas entidades “no pueden retirar utilidades, por cuanto el contexto legal obliga que cualquier utilidad sea reinvertida en el proyecto educativo”.

Por lo mismo, Eyzaguirre adelantó que el proyecto, que ingresa hoy a la Cámara de Diputados y que podría necesitar de quórum calificado en esta área, establece la alternativa de que el sostenedor deje el rubro de la educación.

Ante esta opción, el Estado podrá comprar el establecimiento en un plazo de 12 años.

El director de la fundación Acción Educar, Raúl Figueroa, critica que “un número importante de recursos se va a destinar a que el Estado compre una infraestructura que ya existe (…) y eso no tiene impacto en la mejora”.

El diputado Romilio Gutiérrez (UDI) también tuvo un reparo similar e indicó que “el establecer un mecanismo de compra de los establecimientos subvencionados nos parece totalmente innecesario, porque esos recursos se pueden destinar a mejorar los establecimientos públicos que tienen claras falencias en infraestructura”.

Hernán Herrera, presidente de la Conacep -entidad que reúne a colegios particulares subvencionados-, señala que este proyecto “hace expropiación de proyectos educativos y eso no agrada a ningún sostenedor”. Y agrega que, de aprobarse la reforma, se acabaría con el mundo particular subvencionado.

Lucro: Los sostenedores deberán reinvertir las utilidades en el proyecto educativo.

El sistema

Para evitar el lucro , el proyecto de ley establece que los edificios donde funcionan los colegios deben ser parte de la corporación. Para eso, el sostenedor podrá hacer un traspaso de la propiedad a la nueva sociedad sin fines de lucro.

Pero si el inmueble es de un tercero , el sostenedor del colegio deberá optar a un crédito privado -que no sea hipotecario, para evitar posibles embargos- para comprar el lugar.

Si esto no es posible , se podrá acceder a un subsidio para poder adquirir la infraestructura. Al cabo de 12 años, el Mineduc evaluará el comportamiento de los directivos y solo en ese momento se le entregará el control de la infraestructura.

La última figura , y que es la que el Ministro espera que ocurra en el menor de los casos, es que el sostenedor decida dejar el rubro de la educación y, por lo mismo, vender el establecimiento que construyó. En ese escenario, el Mineduc tasará y comprará el colegio en 12 años plazo.

Trascendió que esta última alternativa tendría un costo anual de US$ 150 millones.

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