Nombramiento del administrador provisional o apelaciones en procesos de acreditación ya no dependerían del CNED.
El Consejo Nacional de Educación (CNED) es un organismo autónomo que, entre otras funciones, decide si es aplicable la Ley del Administrador Provisional en las instituciones de educación superior, como ocurrió en la U. Arcis. Pero la reforma le quita ese rol y lo traspasa a la próxima Superintendencia de Educación Superior, la que dependerá del ministerio y, por lo tanto, carecerá de autonomía.
Ese es uno de los cambios del proyecto que tienen en alerta a instituciones y expertos, quienes temen que la reducción del papel de este organismo en el sector genere un eventual intervencionismo en las instituciones.
El rector de la U. San Sebastián, Hugo Lavados, asegura que “en la práctica, se deja casi sin funciones al CNED, mientras que la superintendencia tiene facultades extremadamente grandes y podría cometer arbitrariedades”, ya que nombraría al administrador a la vez que fiscalizará su labor.
El director ejecutivo de Acción Educar, Raúl Figueroa, recuerda que el rol del CNED en el nombramiento de administradores provisionales fue fundamental para la aprobación de la ley. “Eso es relevante para asegurar que este instrumento sea usado sin arbitrariedad; actualmente, la ley se está aplicando en la U. Arcis y el Consejo no fue un obstáculo para ello”, explica.
Además de lo anterior, el rector de la U. Bernardo O’Higgins, Claudio Ruff, lamenta que en caso de que un plantel no obtenga la acreditación, el proyecto traspase el proceso de apelación desde el CNED a la Agencia para la Calidad.
Y el diputado Jaime Bellolio (UDI) advierte que el proyecto “concentra poder en organismos que no son técnicamente competentes o que aún no existen, y que no garantizan imparcialidad y autonomía”.
Al respecto, el presidente del CNED, Pedro Montt, dice que ellos no buscan mantener roles corporativos, pero que en el caso de la acreditación, “existe un riesgo, porque las instituciones tendrían que apelar ante el mismo organismo que no los acreditó; el tema se judicializaría”.
Y en el caso del administrador provisional, dice que es posible traspasar ese rol a la superintendencia, pero que “hay que imaginar otros mecanismos de intervención”, para que no sea una especie de síndico de quiebras.