Distintos centros de estudios y agrupaciones fueron convocados al Tribunal Constitucional, luego de que un grupo de parlamentarios de oposición cuestionasen la constitucionalidad de un artículo del proyecto de Ley Integral contra la violencia hacia las mujeres, el cual incluye los conceptos de “educación no sexista” e “igualdad de género”.
Con el objetivo de contribuir al debate público, y cumpliendo con nuestra misión de resguardar la diversidad de proyectos educativos, la instancia contó con la participación de nuestro director ejecutivo, Daniel Rodríguez.
“Nos parece que es relevante hacer parte de la discusión si acaso es constitucional entregarle al Estado la potestad de definir cuál es la vía para llegar a la ansiada igualdad entre hombres y mujeres”, señaló el experto.
En esa línea, el director ejecutivo de Acción Educar, afirmó que “para el sistema educacional chileno, la diversidad de proyectos educativas y la libertad de enseñanza no son elementos accesorios, sino que son de carácter fundamental. El proyecto educativo establece que cada uno de ellos tiene sellos y valores distintivos. Modificar aquello no debe ser tomado a la ligera, más allá de su constitucionalidad”.
Bajo el mismo relato, complementó que “la igualdad de género no se ve incompatible con el derecho preferente de los padres, lo que cuestionamos es que se le entregue a la autoridad administrativa la potestad de restringir una sola vía para llegar a su objetivo. Sabemos que esto además contiene una antropología válida, pero es una sola manera de entender las diferencias entre hombres y mujeres”.
“El sistema educativo conoce de la arbitrariedad de las superintendencias cuando hablamos de las interpretaciones de la ley. Creemos que la visión de una educación no sexista impone una vía parcial que será auto vigilada con selo. Se restringe el derecho preferente de los padres y sobre todo la autonomía de los proyectos educativos”, remató.