Resumen Ejecutivo
El proyecto de ley presentado por el Ejecutivo en el mes de enero de este año se puede resumir en los siguientes puntos:
Establecer como único sistema de evaluación el contemplado en el Sistema de Desarrollo Profesional Docente, la llamada “Carrera Docente”, eliminando la Evaluación Docente contemplada en el artículo 70 del Estatuto Docente y sus demás referencias legales.
Ampliar el acompañamiento a los docentes nóveles con el apoyo de docentes mentores, eliminando restricciones y simplificando procesos.
Potenciar la Red Maestros de Maestros para el acompañamiento a docentes pertenecientes a los tramos Inicial y Temprano de la Carrera Docente.
Abordar la situación del encasillamiento de los docentes que obtuvieron buenos resultados en su evaluación el año 2015 y que no pudieron rendir las pruebas de conocimientos específicos.
Extender los plazos de las evaluaciones docentes debido a las suspensiones de las mismas durante la pandemia.
Críticas al proyecto de ley
Falta de Evaluación a la política pública de la Carrera Docente
La llamada Carrera Docente, implementada en el año 2016, que se pretende dejar como el único sistema de evaluación, es una política que no ha estado exenta de críticas y lejos de un muy buen funcionamiento. Por lo demás, no se ha hecho todavía nunca una evaluación formal de ella. Cabe recordar que el artículo 19 W del Estatuto Docente mandata que el Sistema de Desarrollo Profesional Docente, la Evaluación de Desempeño Docente y la aplicación de los programas, cursos y actividades de formación, deben ser evaluados cada seis años por una organización internacional. Es decir, dado la cantidad de años que han transcurrido desde su implementación, este proceso se está llevando a cabo ahora.
De esta manera, y pensando que este va a ser el sistema único con el cual nos vamos a quedar, lo más razonable, y que no se entiende que no haya sido así, es esperar los resultados de esta evaluación para tener una idea de cómo ha sido su funcionamiento y cuáles son sus falencias.
Una etapa fundamental en el desarrollo de las políticas públicas es su evaluación, y en esta materia, clave para la calidad de la educación, se pretende dejar como única alternativa un sistema que ni siquiera ha sido evaluado ni valorado en su funcionamiento. Es peligroso entonces quedarse con un único sistema que ha sido objeto de tantas críticas y adelantarse a su evaluación formal.
Hay un riesgo de eliminación total de las evaluaciones
No se puede dejar de mencionar el riesgo implícito que este proyecto significa en avanzar a hacia la eliminación total de un sistema que evalúe a los docentes. De hecho, lo que se pretende dejar no es propiamente una evaluación, como se verá más adelante. Esta intención no es ningún secreto y es un anhelo que el ahora sector oficialista, ha tenido por largo tiempo, por lo que la eliminación de una de las evaluaciones ya los acerca más a ese objetivo. Y si hoy su discurso valora las evaluaciones, esto puede rápidamente cambiar, como ya hemos visto en muchas materias. La poca preocupación por el sistema que va a quedar, sabiendo su mal funcionamiento y críticas, sin ninguna preocupación por su mejoramiento en este proyecto, puede hacer pensar en ese sentido.
Diferencia de foco entre las evaluaciones
Dada la importancia de contar con una evaluación obligatoria para resguardar la calidad de la educación, es importante hacer ver la diferencia de foco entre la Evaluación Docente, que pretende derogarse, y la evaluación de la Carrera Docente con que nos quedaríamos.
La primera es una evaluación propiamente tal, periódica y obligatoria, que puede tener consecuencias cada vez que un docente obtiene malos resultados. La segunda en cambio, es una certificación para ir avanzando en los tramos de la carrera docente.
El objetivo no es evaluar al docente a modo de resguardar la calidad de la educación que entrega, sino que éste vaya avanzando en la carrera. Prueba de ello es la imposibilidad de que un profesional retroceda en los tramos, pese a obtener una mala evaluación; o que la evaluación sea voluntaria a partir del nivel avanzado. Es decir, a partir de cierto punto, que no es difícil de alcanzar, queda al arbitrio y voluntad de cada docente si se evalúa o no, en consideración a sus intereses personales.
La calidad de la educación es fundamental y debe asegurarse, esa es la finalidad de evaluar a nuestros profesores. Pero al dejar este único sistema, ella queda en segundo plano, dependiendo de la voluntad de los profesionales de evaluarse para avanzar.
Posibilidades de no evaluarse
Como se señaló anteriormente en el documento, la evaluación únicamente es obligatoria para los profesionales que se encuentren en los tramos Inicial y Temprano. Desde el tramo Avanzado en adelante esta es voluntaria, lo cual considerando además que un profesional no puede retroceder de tramo, genera dos problemas: (i) Se cae en una lógica de certificación (ii) Una mala evaluación no tiene consecuencias, ya que los profesionales no pueden retroceder.
Las consecuencias son únicamente en los dos primeros tramos (estrictamente para los profesores que entren a partir del año 2025, como se explicará más adelante. Para los profesores ingresados antes de ese año la única consecuencia es en el primer tramo). Así las cosas, un profesor en tramo Avanzado, que decide voluntariamente evaluarse y obtiene malos resultados, solamente no avanzará. Si en cuatro años más, voluntariamente se evalúa de nuevo, y vuelve a tener malos resultados, peores incluso que los anteriores, lo mismo. Nos enfrentamos a una situación en la que conscientemente, con resultados en mano, sabemos que tenemos un mal profesor en el sistema y no se puede hacer nada para removerlo. Y esto podríamos no saberlo incluso si decide no evaluarse.
Preocupa también la eximición que existe respecto a la prueba de conocimientos específicos. La ley establece que habiendo obtenido una vez un resultado A o B (Entre A-D posibles), los profesionales no estarán obligados a rendirla nuevamente. Lo anterior es preocupante por todo lo ya expuesto. Consideremos además que el conocimiento está en constante desarrollo y evolución, por lo que obtener una certificación una vez (y ni siquiera exclusivamente con la máxima distinción), no asegura el dominio de esos necesarios conocimientos para siempre, lo que atenta directamente contra la calidad de la enseñanza.
Falta de consecuencias en la evaluación
Hay que tener presente que en la Evaluación Docente se eximen los profesores en su primer año de ejercicio profesional. A contar del segundo comienzan a evaluarse. En la Carrera Docente los profesores nuevos ingresan al tramo Inicial, y luego de cuatro años van a evaluarse para avanzar de tramo. Ya hay ahí 4 años sin conocimientos del desempeño del profesor.
De acuerdo a la ley, la consecuencia de la evaluación contemplada para el docente en tramo Temprano que no logra avanzar comenzará a regir recién el año 2025 y únicamente a los profesionales que entren a partir de ese año. Todos los profesionales del sistema actual y los que ingresen hasta el 2025, no sufrirán ninguna consecuencia en este nivel, pudiendo mantenerse en el tramo Temprano durante toda su carrera.
Falta de participación de los directores
Con el proyecto de ley se quita cualquier tipo de injerencia en esta materia a los directivos de los establecimientos. Uno de los instrumentos de la Evaluación Docente, que el proyecto elimina, es el Informe de Referencia de Terceros, el cual es realizado por el director y jefe de la unidad técnico profesional del establecimiento y se refiere al quehacer del docente evaluado. La evaluación contenida en la Carrera Docente consta de dos instrumentos, el portafolio y la prueba de conocimientos específicos, ninguno de los cuales implica participación alguna por parte de los directores.
Lo anterior no parece adecuado, habida consideración de que son ellos los que conocen la realidad y circunstancias de los establecimientos donde se desempeñan los docentes a evaluar, pudiendo hacer una medición más certera, realista y acabada que la realizada por un sistema centralizado que no hace ningún tipo de distinción por establecimiento.
Eliminación de apoyo a los docentes
Con la derogación de la Evaluación Docente se eliminan los Planes de Superación Profesional que hoy existen para apoyar a los docentes evaluados en los niveles Insatisfactorio y Básico. Como apoyo a estos docentes, el Mensaje del proyecto plantea “potenciar” la Red Maestros de Maestros.
El articulado respectivo del proyecto señala que se incorporará el siguiente inciso nuevo en la legislación correspondiente:
Sin perjuicio de lo señalado en el inciso anterior y los ámbitos prioritarios que defina el Ministerio de Educación, se considerará como ámbito de acción prioritario el acompañamiento a docentes en su primer o segundo año de ejercicio y aquellos que no legren progresar en el sistema de reconocimiento profesional, a través de acciones específicas tendientes a mejorar su desempeño docente.
Es decir, la manera de “potenciar” la Red, es considerar este acompañamiento como prioritario, además y junto con los otros ámbitos prioritarios que existan. Dentro de los ámbitos prioritarios, uno de ellos va a ser este. No se contempla para esto ningún recurso adicional.
El proyecto de ley elimina una herramienta de apoyo real y concreta a los profesores que lo necesitan, se quitan recursos y no se reemplaza con nada. Únicamente se suma una acción a una lista de prioridades en una Red que parece a todas luces no dar abasto.