El proyecto de ley que presentó el Gobierno en mayo hoy inicia su discusión en el Senado. AcciónEducar sugiere una propuesta que apunta a subsanar deficiencias de la iniciativa y a mejorar problemas de fondo del sistema.
El proyecto de ley crea dos figuras, la primera el administrador de cierre de instituciones de educación superior, sobre la cual no hay dudas de su necesidad y, además, se estima que su contenido va en la dirección correcta. Sin embargo, la segunda figura, el administrador provisional, el cual se nombraría antes de un decreto de cierre, es una institución que en ciertos aspectos choca con nuestra legislación y, por otra parte, no contribuye a dar una solución sistémica a los problemas que con su instauración se pretenden solucionar.
El Mensaje del proyecto de ley señala que su objetivo es corregir las defectos del sistema de educación superior derivados del débil marco regulatorio de los procesos de investigación frente una deficiente gestión de las instituciones de educación superior; fijar atribuciones para disponer coercitivamente el cumplimiento de las medidas y diligencias durante el desarrollo de dichos procesos; y perfeccionar los procesos de revocación del reconocimiento oficial de una institución de educación superior, sus alcances y consecuencias. Para lograrlo propone la creación de las mencionadas figuras.
La mejor forma de abordar los objetivos planteados por el propio proyecto de ley es estableciendo un marco normativo claro para las instituciones de educación superior y dotando al Estado de atribuciones precisas para velar por su cumplimiento, lo que se logra con la creación de una Superintendencia de Educación Superior. Sin embargo, en atención a que el Gobierno ha decido postergar la presentación de dicho proyecto, se propone una alternativa efectiva para resolver las deficiencias mencionadas.
AcciónEducar propone que debería reemplazarse la figura del administrador provisional por un veedor encargado de constatar la adopción de medidas para resolver los problemas identificados en una investigación preliminar que se realice a las instituciones de educación superior. Lo anterior, manteniendo a las autoridades de la respectiva institución a cargo de la gestión administrativa, financiera y académica, a diferencia de lo que dice el proyecto actual que mandata que el administrador provisional designado reemplaza a las autoridades de la institución. La propuesta, por un lado obliga a las autoridades del plantel a asumir la solución de los problemas detectados en la mencionada investigación, abordando una deficiencia del proyecto en trámite que en la práctica los releva de esa responsabilidad. Además se logra no atentar contra nuestra institucionalidad y la autonomía universitaria, que es uno de los inconvenientes del proyecto en trámite.
Esto, también permitirá que el funcionario nombrado se dedique al cumplimiento de su cometido y no se desconcentre en un sinfín de trámites que significan el hacerse cargo de la administración de una institución y que no guardan relación con su objetivo, que es el resguardo del derecho a la educación de los estudiantes y la fe pública comprometida.
En línea con lo señalado corresponde robustecer el rol de la investigación preliminar que realizará el Mineduc, la que se considera debiese ser un requisito necesario para designar al veedor.
Ver documento de propuesta de AcciónEducar