Propuesta de subvención de emergencia para enfrentar la deserción escolar

Explicación general

La propuesta consiste en un proyecto de ley que cree una Subvención de Emergencia Educativa (SEE) cuya finalidad sea aumentar la asistencia, disminuir la deserción y acelerar la recuperación de aprendizajes. Evitar el aumento de la deserción escolar, disminuyendo la inasistencia crónica y reforzando los proyectos educativos es la forma más robusta para enfrentar la crisis educación.

Esta subvención tendría un monto de cerca de 190 UF mensual por establecimiento, por un máximo de seis meses. El uso de esta subvención será para cinco ítems: (1) Traslados, (2) Profesionales de la asistencia social, (3) Profesionales de la educación física y arte, (4) Material pedagógico arte y educación física, (5) Orientación vocacional y propedéuticos y (6) Apoyo intensivo lecto escritura y matemática para estudiantes con inasistencia crónica.

Datos

Los datos públicos del Ministerio de Educación permiten identificar a 3.793 establecimientos educacionales de alta deserción. De ellos, 1.030 concentran el 30% de la deserción. El diseño de la subvención podría entonces priorizar según estos criterios.

Si se diferencian y priorizan escuelas con mayor deserción usando ponderadores para determinar el monto a transferir por establecimiento, tenemos que el gasto total, por los seis meses del programa, sería de 168 mil millones.

Diseño del pago

Los recursos de la subvención serán transferidos mensualmente a los establecimientos identificados como de alta deserción por parte del Ministerio de Educación. Establecimientos que no se encuentren en esta nómina, pero demuestren un problema de inasistencia crónica relevante, también podrán acceder, lo que deberá ser aprobado por la Subsecretaría de Educación.

La subvención tiene una duración total de seis meses.

Al finalizar el segundo mes, la Subsecretaría deberá verificar que la asistencia aumento en los establecimientos beneficiados, utilizando datos disponibles. En caso de que no se verifique un aumento de la asistencia o disminución de la deserción, el establecimiento dejará de recibir la subvención de emergencia.

Junto con esta subvención, el proyecto obliga a la Superintendencia de Educación a crear un plan de fiscalización para resguardar el bien uso de los recursos públicos. En el plazo de un año calendario desde la aprobación de la ley, la Agencia de Calidad debe diseñar y ejecutar una evaluación de impacto de la política, que deberá ser aprobada por el Consejo de la Agencia.

El proyecto obliga asimismo al Presidente de la República a presentar, en el plazo de seis meses contados desde la publicación del estudio de la Agencia, un proyecto de ley que establezca incentivos permanentes a la asistencia y combata la inasistencia crónica.


Escrito por Daniel Rodríguez Morales

Director ejecutivo de Acción Educar.