Columna en El Líbero: La última revisión de la reforma a la educación superior

Por Daniel Rodríguez, director ejecutivo de Acción Educar.

En el estreno del nuevo ministro Gonzalo Blumel en el Congreso, un comentario trascendido del presidente del Senado, Carlos Montes, pareció recordar a la opinión pública que la reforma a la educación superior que pretende ser el legado de la administración Bachelet todavía no es ley. El proyecto tramitado por el Congreso, que consolida la gratuidad universal, crea una Superintendencia y una Subsecretaría, y regula duramente a las universidades privadas que no pertenecen al Consejo de Rectores está siendo revisado por el Tribunal Constitucional.

Esta revisión, vale la pena explicarlo brevemente, no es un ardid de un sector, ni un recurso de última instancia para hacer valer una postura u otra. Se trata de un procedimiento obligatorio y regular por el que pasan todas las leyes que de alguna forma modifican normas de alcance constitucional. En este caso específico, ningún sector político recurrió expresamente al Tribunal mediante sus parlamentarios, como se ha hecho en otras ocasiones, para solicitar y argumentar a favor de que se analice la constitucionalidad de artículos específicos.

En otras palabras, el Tribunal Constitucional no está bajo presión de ningún órgano del Estado, sin perjuicio de que el gobierno saliente intentó sin éxito apurarlo para poder firmar la emblemática normativa. Por lo tanto, sus decisiones no pueden atribuirse a otra cosa más que a un análisis constitucional de la Ley de Educación Superior.

¿En qué debiera fijarse el Tribunal? Varios elementos de la ley fueron cuestionados respecto de su constitucionalidad durante la tramitación en el Senado. Desde lo general, destacados constitucionalistas observaron que el proyecto tiene una comprensión incompleta de la autonomía universitaria y la libertad de enseñanza, dada la exagerada e intrusiva regulación que se impone sobre ellas. Otros hicieron ver puntos más específicos, como que la prohibición de que personas jurídicas con fines de lucro pudieran controlar universidades (lo que no significa que puedan lucrar con ellas) era exagerada y desproporcionada, sobre todo cuando la misma ley establece una regulación muy densa sobre la materia.

También se cuestionó que la gratuidad universal quedara “amarrada” a condiciones macroeconómicas futuras, dado que implicaba de manera indirecta que la ley que se está dictando no está actualmente financiada. Estos y muchos otros aspectos fueron mencionados en la tramitación, y es previsible que el Tribunal Constitucional, en su revisión observe y discuta extendidamente sobre ellos, resolviendo independientemente del gobierno y el Congreso.

Sin perjuicio de lo anterior, la resolución del Tribunal será de la mayor importancia para el sistema de educación superior. Esto, no sólo porque puede modificar la regulación que recaerá sobre ella, sino porque de la deliberación de los ministros del Tribunal dependerá en qué grado los principios en que se basa nuestra educación superior -autonomía de las instituciones, diversidad de proyectos, no discriminación y libertad de elección– serán resguardados en base a la Carta Fundamental.

 

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Escrito por Daniel Rodríguez Morales

Director ejecutivo de Acción Educar.