Columna en El Líbero: Las trampas de la legislación

Con unanimidad de ambas Cámaras, el año 2013 se reforma el artículo 19 n°10 de la Constitución que establece el derecho a la educación para hacer obligatorio el segundo nivel de transición o kínder. Esto da cuenta de la relevancia que tiene la primera infancia en el desarrollo de las personas y lo clave de aumentar la cobertura en ese nivel. Lamentablemente, este compromiso fue rápidamente olvidado por algunos parlamentarios; siete años después no ha podido hacerse operativo, ya que Senadores de oposición han entrampado el debate del proyecto de ley que busca ejecutarlo, y, lo más grave, es que entre los argumentos que esgrimen dejan ver su total ignorancia de lo que se busca legislar.

La Constitución actualmente dice: “El segundo nivel de transición es obligatorio, siendo requisito para el ingreso a la educación básica.” A pesar de su claridad, la Constitución requiere de leyes para implementarse. En concreto, la iniciativa modifica los artículos de la ley que hoy están en expresa contradicción con el mandato constitucional, como los que establecen que kínder no es obligatorio para ingresar a primero básico, eliminado con ello inconsistencias en nuestro derecho. Además, obliga a reglamentar la validación del nivel cuando no ha sido cursado, para permitir el ingreso a primero básico, haciéndose cargo de las particularidades de la educación parvularia, evitando métodos como los exámenes libres que actualmente existen para validar otros niveles. Y dispone recursos para que su implementación sea efectiva. El proyecto no hace cambios ni en el tipo de financiamiento ni en el sistema propiamente tal, manteniendo la estructura administrativa que actualmente rige.

Es más, a pesar de la relevancia que tiene por el mensaje claro que entrega a aquellos padres que no envían a sus hijos a kínder por considerar que no es necesario, el impacto en cobertura del proyecto es menor, aunque focalizado en familias de menores ingresos. Actualmente, si bien la cobertura del segundo nivel de transición es alta, es más baja en los primeros quintiles. Por tanto –y conforme al informe financiero- se estima que el proyecto podría beneficiar a 6.350 niños, en su mayoría de los dos primeros quintiles que son los que actualmente no participan del sistema.

Para hacer efectivo el kínder obligatorio, el proyecto estima los costos necesarios conforme al sistema de financiamiento actualmente existente, de manera que se dispongan los recursos necesarios. Así, el informe financiero da cuenta de los nuevos costos que implicaría la entrega de subvenciones y alimentación escolar, además de los necesarios para atraer nuevos educadores e infraestructura en aquellas zonas donde se requiera.

Con todo, el impacto de este proyecto no genera un cambio en la distribución de la matrícula por dependencia, por lo que no podría privatizar la educación parvularia ni afectar su calidad como se ha argumentado. El proyecto, además, incorpora elementos para evitar la escolarización temprana. De hecho, el programa pedagógico del primer y segundo nivel transición consagra el juego libre como experiencia que favorece el aprendizaje y se ha avanzado en normativas que permiten garantizar la calidad de la educación parvularia.

La discusión que se ha dado en el Senado, de manera muy decepcionante por algunos sectores, pone una vez más de manifiesto que se ha dejado en segundo plano a los más pequeños por pretensiones particulares y da cuenta de la poca rigurosidad con que se evalúan los proyectos.

Por: Magdalena Vergara, directora ejecutiva de Acción Educar.

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Escrito por Magdalena Vergara Vial

Ex directora ejecutiva de Acción Educar