Investigadora Francisca Figueroa participó en seminario sobre la libertad de enseñanza en el debate constitucional

La abogada abordó el derecho preferente de los padres en la nueva Constitución.

“Libertad de enseñanza en el debate constitucional”, fue el tema del seminario organizado por Libertad y Desarrollo y que contó con las exposiciones de Ignacio Illanes, decano de la Facultad de Educación de la Universidad de los Andes; Alberto Vergara, profesor de la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Chile; Francisca Figueroa, investigadora de Acción Educar; y moderado por Luz María Budge, presidenta del Consejo Nacional de Educación.

Figueroa presentó sobre el derecho preferente de los padres en la nueva Constitución. En ese sentido, explico que éste tiene su origen en el catálogo de derechos de la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948.

¿Qué conlleva el derecho preferente de los padres a educar a los hijos?

– Son los primeros llamados a suplir la voluntad del niño respecto a cómo y dónde educarse, cuando este no tiene la edad o madurez suficiente para tomar sus propias decisiones.

– Es un derecho preferente y a la vez un deber: no se puede elegir no educar.

– Es un derecho preferente, pero no exclusivo. Si faltan los padres, ¿quién?

– Responsabilidad aparejada a la educación que deben dar.

Respecto al derecho a la educación y a la libertad de enseñanza, la abogada explicó que “ambos son derechos fundamentales, si ambos derechos emanan de la dignidad humana, ¿cómo elegir uno por sobre otro en abstracto? En cada caso concreto, si ambos derechos entran en conflicto, un juez ponderando las circunstancias debe determinar que derecho prevalece. La educación se refiere a una persona, es decir a un ser racional libre. ¿Cómo separar la educación de la decisión sobre cómo y dónde educarse?”.

Además, la investigadora añadió que “del derecho a la educación, existen otros derechos relacionados con la libertad de enseñanza: libertad de conciencia, libertad de expresión, libertad de asociación. ¿Por qué supeditarlo al derecho a la educación si también hay otros derechos involucrados?”

“La libertad de enseñanza está consagrada en nuestro país desde 1874 y presente desde que Chile se inicia como República. Miremos la libertad de enseñanza justamente y no como la gran culpable de los problemas del sistema”, concluyó la abogada.

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