Presupuesto 2024: Análisis del protocolo de acuerdo alcanzado en educación

Con fecha 23 noviembre de 2023 y en el marco de la discusión de la Ley de Presupuestos del Sector Público 2024, se dio a conocer el Protocolo de Acuerdo que permitió destrabar la discusión legislativa del proyecto.

A continuación se realiza un análisis del contenido del acuerdo, con el objeto de dar concreción a los compromisos adoptados por parte del Ejecutivo y, de esta manera, contribuir a sentar las bases para una adecuada medición del cumplimiento.

Este análisis, abordó los distintos puntos que fueron parte del acuerdo, tales como: Pausa Activa, Evaluativa y de Mejoramiento del traspaso de los establecimientos a los SLEP; implementar un Plan de Mejoramiento de la Educación Pública; plan de Recuperación Educacional para el SLEP de Atacama; plan de Desarrollo para los Liceos Bicentenario; Modernización de la SEP; demanda insatisfecha; revisión de normativa aplicable a infraestructura y alimentación escolar; recuperación de los Liceos Emblemáticos y estudio sobre el sistema de financiamiento escolar.

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Conclusiones

A partir del análisis realizado por Acción Educar, concluimos lo siguiente:

Se debe tener presente el rol y las facultades atribuidas al Ministerio de Educación para determinar qué servicios educativos se traspasan y cuáles no. Habrá que considerar la solidez y pertinencia del análisis que haga el Ministerio para fundamentar la postergación de algunos servicios, así como de su capacidad de responder por la correcta implementación de los que decida no suspender. Es importante que los criterios sean objetivos, pertinentes y de aplicación general.

Existe mucha indeterminación en cuanto a plazos, esto requiere ser precisado para poder saber cómo realmente se cumplirá con el acuerdo. Así también se requiere de mayor concreción de los planes e informes enunciados.

Se debe tener en consideración que se han comprometido modificaciones legales que requieren ser dotados de prioridad desde el Ministerio, ello por medio de la presentación de proyectos de ley y dotación de urgencias que permitan efectivamente su tramitación.

Se requiere dar concreción a las acciones de monitoreo, medición y supervisión del cumplimiento de cada uno de los aspectos comprometidos, indicando en cada caso quién debe realizar la acción, quién debe monitorear y cómo debe hacerlo.

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