Por Trinidad Valdés, investigadora de Acción Educar.
El Secretario Ejecutivo de la Agencia de Calidad de la Educación, Carlos Henríquez, califica el proyecto de ley que crea el Sistema de Educación Pública como “la propuesta más completa desde el retorno a la democracia”. Llama la atención que utilice esos términos cuando se trata de un proyecto que dificulta la implementación del Sistema de Aseguramiento de la Calidad en los colegios públicos.
La formación de escolares en establecimientos educacionales de mala calidad podrá prolongarse desde que entre en vigencia esta ley hasta que transcurran ocho años administrados por los nuevos Servicios Locales. Esto, por cuanto se propone eximir a los colegios municipales con desempeño insuficiente de la medida de revocación de reconocimiento oficial, a diferencia de lo que ocurre con los particulares subvencionados, y de lo que sucede hasta ahora con los municipales. Si bien la clausura de un establecimiento educacional es una decisión extrema, se debe considerar que ésta se adopta cuando se han agotado todas las instancias para que mejore su desempeño luego de haber recibido apoyo técnico profesional durante cuatro años para superar su categoría.
Exceptuar de la aplicación de estas exigencias a los colegios estatales, genera diferencias injustificadas que perjudican a sus estudiantes, en la mayoría de los casos vulnerables, que se encuentran en idéntica situación que los que van a colegios subvencionados administrados por particulares, lo que resulta contrario al principio de igualdad ante la ley y no discriminación arbitraria.